Castilla y León

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Sanidad

Dos capitales y 6 pueblos reabren el interior de la hostelería por orden de la Junta

3 mayo, 2021 13:19

La Junta de Castilla y León ha actualizado, en reunión telemática de su Consejo de Gobierno celebrada esta mañana, el listado de municipios de la Comunidad en los que, en aplicación del Acuerdo 33/2021, del pasado 5 de abril, se adoptan medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19.

Decae este régimen preventivo excepcional en Arévalo (Ávila); Briviesca (Burgos); Ponferrada (León); Cervera de Pisuerga (Palencia); Salamanca y Béjar, en la provincia salmantina, y Valladolid y Olmedo, en la provincia vallisoletana.


La consejera de Sanidad, Verónica Casado, ha comparecido en rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno extraordinario, para dar cuenta de la situación epidemiológica de Castilla y León en relación a la pandemia del COVID, y ha anunciado los municipios donde se imponenrestricciones debido al aumento de contagios, con el cierre del interior de la hostelería y las casas de apuestas:

León y Valverde de la Virgen, en la provincia leonesa; Villamayor (Salamanca); e Íscar, La Cistérniga y Medina del Campo, en Valladolid, se incorporan a esta situación ante el empeoramiento de sus indicadores epidemiológicos y asistenciales, lo que obliga a la adopción de estas medidas excepcionales para la contención de to transmisión comunitaria del nuevo coronavirus SARS-CoV-2.

La actualización hoy aprobada alcanza 31 términos municipales castellanos y leoneses Arenas de San Pedro y Las Navas del Marqués (Ávila) Burgos, Alfaz de Quintanadueñas, Medina de Pomar y Miranda de Ebro (Burgos), León, Bembibre San Andrés del Rabanedo, Valverde de la Virgen y Villablino (León): Aguilar de Campoo y Guardo (Palencia), Ciudad Rodrigo, Santa Marta de Tormes. Villamayor y Villares de la Reina (Salamanca), Segovia, Cantalejo El Real Sitio de San Ildefonso y Palazuelos de Eresma (Segovia), Soria y Almazán (Soria); y Aldeamayor de San Martín, Íscar, La Cistérniga Laguna de Duero, Medina del Campo, Peñafiel y Simancas (Valladolid), y Benavente (Zamora).

El Acuerdo por el que se adoptan las medidas ahora aprobadas tendrán vigencia, una vez sea publicado en el BOCY a partir de las 00 horas de mañana, 4 de mayo, inclusive, hasta el 17 del mismo mes inclusive, siendo actualizado cada siete días.

La Comunidad de Castilla y León mantiene su actual cierre perimetral y el toque de queda para la limitación de la movilidad ciudadana nocturna, entre las diez de la noche y las seis de la mañana; además, las reuniones personales, tanto en espacios abiertos como cerrados, ya sean de uso público o privado, están limitadas a cuatro personas, con las excepciones de convivientes y de aquellas actividades con regulación especifica.

Además de esta normativa en vigor, el compromiso ciudadano manifestado en el cumplimiento de las medidas individuales y colectivas de prevención pandémica es fundamental para el control y reversión de situación epidemiológica.

Estas actitudes responsables supone el uso obligado de la mascarilla en las circunstancias establecidas, la distancia interpersonal, el lavado frente de las manos, la limitación del contacto social y el cumplimiento de las normas vigentes.

Todos ciudadanos han de colaborar en el cumplimiento de las medidas preventivas frente a la COVID-19 establecidas por las autoridades, de manera que sus incumplimientos podrán ser sancionados de conformidad con el Decreto-Ley 7/2020, por el que se establece el régimen sancionador especifico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

El seguimiento y control de las actuaciones que componen el marco normativo vinculado al nivel de alerta sanitaria por la COVID-19 decretado en la Comunidad se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL), correspondiéndoles a las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes, según el régimen de distribución competencial previsto, la vigilancia, la inspección y el control de su cumplimiento, contando para ello con la cooperación y la colaboración de la Delegación del Gobierno y de los ayuntamientos para el control y aplicación de las medidas adoptadas a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de las policías locales.