Castilla y León

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Valladolid

Absuelto el acusado de violar a una mujer en el comedor de un bar en un pueblo vallisoletano

10 junio, 2020 13:08

La Audiencia de Valladolid ha dictado sentencia absolutoria en el caso de un hombre que fue acusado de obligar a una mujer a practicarle una felación en el apartado de un bar en un pueblo de la provincia, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En su fallo, la Sección Cuarta de lo Penal justifica la absolución en el principio 'in dubio pro reo', en el sentido de que de la prueba practicada no se ha podido concluir con certeza qué ocurrió aquella noche, en línea con el argumento que el letrado defensor, Enrique Tressierra, expuso en su informe final.

"Nadie en esta sala, ni el tribunal, ni la acusación pública, ni este letrado y ni siquiera la denunciante puede saber con certeza que ocurrió ese día", expuso el defensor, cuyo alegato ha sido estimado por el tribunal, en contraste con las peticiones de 9,5 y 10 años de cárcel formuladas por el fiscal y la acusación particular, respectivamente.

De hecho, la Audiencia concluye que "no se sabe con certeza lo que ocurrió, dado que, como la propia denunciante relata, destruyó todas las evidencias que pudieran existir sobre lo sucedido puesto que su decisión inicial fue ocultar los hechos, y así ha resultado mucho más difícil enervar la presunción de inocencia".

El tribunal cree que la denunciante "ha ofrecido datos y ha tenido comportamientos - tales como no poner de manifiesto delante de los testigos que había sido agredida sexualmente, si es que fue cierto; insistir en que no había bebido mucho alcohol, lo cual no encaja con la forma de sucederse los acontecimientos; decir que se fue a las 10 ó 10.30 de la noche cuando fue vista por testigos mucho más tarde de esas horas - que no han hecho verosímil su relato, y de ahí que no se pueda afirmar con total certeza que la denunciante fuera víctima de una agresión sexual como la que ella describe".

"La duda sobre lo que pudo suceder, provoca que no se tenga la certeza sobre cómo se produjeron los hechos, y esa duda nos lleva a que sea de aplicación en este caso el principio de in dubio pro reo, y que sea procedente la absolución del procesado", recoge la resolución.

Durante el juicio, el ahora absuelto optó por guardar silencio, al acogerse a su derecho de no declarar, mientras que la supuesta víctima, en un juicio que se desarrolló a puerta cerrada, mantuvo la denuncia interpuesta en su día ante la Guardia Civil en la que aseguró que aquella noche, en un día no determinado del mes de marzo o abril de 2018, el procesado, de 53 años, abusó de ella en un bar al que había acudido con unos amigos y en el que se encontraban también sus tres hijos.

Fue en el momento en que uno de sus tres hijos, el más pequeño, se quedó dormido cuando ella relata que le llevó a la estancia del comedor del local, apartada de la zona de bar, para que siguiera durmiendo.

En una de las ocasiones en que fue a vigilar al niño, la mujer volvió a asegurar que se sentó a su lado en una silla, apoyando la cabeza hacia atrás y cerrando los ojos, momento en el cual el acusado la agarró del brazo derecho, la levantó y, mientras la sujetaba con fuerza, usó el cuerpo para cerrar la puerta del pasillo.

A partir de ese momento, y pese a los intentos de ella de soltarse, el procesado, como así reiteró en la vista del juicio, la obligó a practicarle una felación, tras lo cual la mujer recogió a sus hijos y se marchó corriendo del bar sin despedirse de nadie.

El novio de la denunciante declaró que su pareja le relató tres días después lo que había ocurrido pero no la creyó, al tiempo que alegó que si no fue a pedir explicaciones al presunto responsable hasta cuatro meses después es porque su novia le había dicho que ella se encargaba de todo.

Otra testigo, vecina de la denunciante, compareció para confirmar que al día siguiente de lo ocurrido la supuesta víctima le contó la violación, mientras que otras dos chicas que esa tarde se encontraban en el local aseguraron que vieron a la mujer abandonar el establecimiento tras despedirse, aunque sin notar nada anormal en su actitud.

En el capítulo de las pruebas periciales, testigos forenses, un psicólogo y una psiquiatra coincidieron al apuntar que la sintomatología de ansiedad y estrés postraumático moderado apreciado en la víctima es compatible con el episodio supuestamente vivido por la mujer, quien tardó en curar 180 días.

Ante ello, las acusaciones mantuvieron invariables sus peticiones de condena. En el caso del fiscal, éste solicitó nueve años y medio de prisión, junto con la prohibición del encausado de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros de la víctima, a su domicilio, su lugar de trabajo y cualquier otro frecuentado por la misma, así como la imposibilidad de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante 15 años, junto con el pago de 18.500 euros en concepto de daños morales, lesiones y secuelas.

La representante de la víctima, por su parte, pidió diez años de privación de libertad por un delito de agresión sexual y otro de lesiones, además de 16 años de medidas de seguridad--prohibición de acercarse o comunicar con su patrocinada--, mientras que la defensa interesó un fallo absolutorio, como así ha ocurrido finalmente.