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Sociedad

Familia avanza en la Ley del Tercer Sector Social a favor de los más vulnerables

8 junio, 2020 12:51

La consejera de Familia ha presentado hoy el texto del Anteproyecto de Ley del Tercer Sector, que estará disponible en la página de Gobierno Abierto para su consulta y para presentar alegaciones, iniciándose de esta manera los trámites administrativos que llevarán a la aprobación de la Ley antes de final de año.

Se trata de una norma necesaria e importante que reconoce la labor y la aportación de las entidades del Tercer Sector Social de Castilla y León, más de 3.000, que forman el tejido social en Castilla y León y que complementan este sistema de responsabilidad pública, prestando servicios profesionales (más de 5.000 servicios), de calidad, cercanos y apostando siempre por la innovación.

Isabel Blanco ha destacado la importancia de tercer sector, especialmente en la situación que estamos viviendo con la pandemia del COVID y sus consecuencias para las personas, familias y entidades, y es por ese espíritu de colaboración que mantenemos desde hace años, por lo que se trata de un sector fuerte y eficaz.

Durante este tiempo, tanto desde la parte asistencial centrada en las personas con discapacidad, como desde la parte de inclusión o de voluntariado, se ha tratado de llegar a todas las personas y familias que se encontraban en situación de especial vulnerabilidad. De este modo la consejera señaló que se han atendido a más de 14.000 familias con ayudas urgentes para alimentos o bienes de primera necesidad a través de Cruz Roja, se ha dado alojamiento a más de 433 personas sin hogar a través de Cáritas o se han incrementado un 10% las familias atendidas por el Banco de Alimentos durante la pandemia de COVID.

Durante el 2020 hay previsión de atender a más de 160.000 familias a través de todos los programas de inclusión, entre los que se incluyen los programas de promoción de los derechos de los niños, con 19.000 menores atendidos anualmente o los de prevención frente al maltrato con 60.000 menores atendidos al año.

La consejera remarcó que estas entidades son un activo fundamental de la sociedad de Castilla y León y que cuentan con la firme voluntad del Gobierno Regional de apoyar, desde el diálogo constante y la colaboración, el fomento del trabajo tan esencial que realizan para nuestra sociedad. En la puesta en marcha y trayectoria de nuestro sistema de servicios sociales siempre se ha contado con el protagonismo y la capacidad de iniciativa de la sociedad civil, marcando el camino a las Administraciones para construir juntos un modelo que es de todos y para todos. De ahí la importancia de la norma que hoy se presenta.

La Ley, además de definir jurídicamente al tercer sector, establece fórmulas de participación como el trabajar en Red en Castilla y León, dotando además al sector de una garantía de sostenibilidad y estabilidad. Además, una de las grandes novedades es el reconocimiento del voluntariado como parte integrante de ese Tercer Sector en el que desarrollan su actividad. Y esto es importante ponerlo de manifiesto en un momento como el actual, en el que hemos comprobado que además de los recursos y servicios profesionales, la labor de los voluntarios, vinculados en su mayoría a las entidades del tercer sector, se ha mostrado como relevante dentro de estas organizaciones.

Líneas estratégicas


En primer lugar, la Ley establece el papel del Tercer Sector y su ámbito de intervención y para ello, establece quienes son entidades del tercer sector, define los fines de su intervención, los criterios y las distintas fórmulas de colaboración, dotándolo por ley de la necesaria cobertura jurídica que las organizaciones del tercer sector llevan años demandando.

Por otro lado se establece la finalidad de la intervención del Tercer sector, entre la que se encuentra el promover la inclusión social o el reconocimiento de los derechos de toda la población y su ejercicio efectivos por las personas, colectivos o grupos que estén en situaciones de vulnerabilidad o exclusión o en peligro de estarlo y se recogen las actividades a desarrollar para alcanzar la finalidad buscada abarcando desde la sensibilización a la promoción de valores como la solidaridad.

Se marcan los criterios que se deben aplicar en la ejecución de las intervenciones que realicen las entidades del tercer sector con una especial mención al trabajo en la Red de Protección, la coordinación con los sistemas de servicios sociales de responsabilidad pública y el papel esencial en el trabajo en red del profesional de referencia ubicado en un técnico de los equipos de acción social básica del CEAS correspondiente.

Con el fin de promover el reconocimiento a la labor que realiza el Tercer Social y dotarlo de seguridad jurídica, la Ley contempla la elaboración de un Plan estratégico para el impulso y promoción del Tercer Sector y las actuaciones de promoción a realizar por las administraciones para el establecimiento y mejora de la colaboración de las empresas y entidades, con mención expresa al favorecimiento del mecenazgo y el patrocinio y se enumera las posibles medidas de apoyo a la actividad económica de las entidades del Tercer Sector dentro del amplio abanico de medidas de carácter jurídico o económico.

El voluntariado, un movimiento vital para el Tercer Sector


Como hemos señalado antes, la importancia del voluntariado en esta Ley hace que se plantee la adaptación del voluntariado a la realidad social actual de Castilla y León y para ello, establece como objetivos principales promover y facilitar la participación de la ciudadanía a través del voluntariado, para lo que es necesario adaptar la Ley de Voluntariado a la realidad actual, toda vez que la acción voluntaria se ha incrementado de manera considerable. En Castilla y León hay unos 200.000 voluntarios que colaboran con alguna de 414 entidades de voluntariado registradas. De ellas, el 50% pertenecen al ámbito de la acción social y los servicios sociales.

Así pues, la Ley del Tercer Sector, quiere promocionar y favorecer un voluntariado abierto a toda la sociedad, estableciendo un movimiento que utilice las nuevas tecnologías, pero también reconociendo sus competencias y dotándolos de una seguridad en su trabajo, tanto para ellos como para los destinatarios de la acción voluntaria.

El Decreto de Concertación, garantía de estabilidad para el Tercer Sector


Desde el reconocimiento de la participación de las entidades del Tercer Sector en el sistema de servicios sociales es como mejor se entiende el Decreto de Concertación, uno de los principales soportes jurídicos y legales de la Ley, que dota además de certidumbre a los colectivos y les garantiza el apoyo económico para llevar a cabo su labor.

Así pues, paralelamente a Ley, se está elaborando el Decreto de Concertación, Una norma que suponga una garantía de sostenibilidad del sistema actual de prestación de servicios sociales, para lo que regulará el concierto social entre la Administración y las entidades del Tercer Sector.

Esta norma se basa en la Ley de Contratos del Sector Público y la normativa europea, que permiten a las Administraciones Públicas concertar servicios sociales con entidades privadas fuera de la normativa de contratación pública, a través de un procedimiento especial, y ello es posible por los servicios sociales están incluidos en lo que la normativa denomina como servicios a las personas, por lo que gozan de una especial protección mediante una regulación específica distinta de la que rige en materia de contratación pública.

Entre las ventajas del Concierto Social cabe destacar la de la estabilidad y continuidad en los servicios, pero además, potencia y fomenta la innovación, se basa en principios de transparencia y resulta una fórmula flexible y con mayor capacidad de adaptación a las necesidades.

El Decreto que hoy presentamos regula esta nueva fórmula organizativa de los servicios sociales que es la acción concertada entre la iniciativa pública y la privada y establece como principales novedades la exigencia de una experiencia acreditada mínima como requisito (no como criterio de valoración) para poder concertar; que primen los factores sociales en los criterios de selección y su ponderación, más que el precio o los aspectos económicos del contrato; y que en caso de empate se dará prioridad a las entidades sin ánimo de lucro.

Además, establece aspectos como los principios rectores del concierto social, los servicios que se pueden concertar, las entidades que pueden hacerlo, la duración de los conciertos, que será de seis años prorrogables hasta un máximo de 12 años, las fases del procedimiento, su ejecución y las obligaciones de las partes.

Se prevé también el supuesto de procedimiento de urgencia, que en situaciones como las que hemos vivido con e el Covid-19, son de gran relevancia para ser ágiles y eficaces así como de suscripción directa para algunos existentes para no desproveer de una atención personalizada a las personas usuarias.

En definitiva, una Ley y un Decreto que van a dar certidumbre y sostenibilidad a un colectivo como el del Tercer Sector Social, con cuyo consenso se están elaborando ambas normas y que a partir de ahora, una vez reanudados los plazos administrativo con el fin de disponer de esta norma en el próximo Otoño.