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Ponferrada recuerda a sus vecinos las actividades permitidas en Fase 1

18 mayo, 2020 11:45

La norma permite la circulación dentro de las áreas establecidas para la desescalada en cada caso (en el nuestro el Bierzo y Laciana) para las actividades permitidas, sin limitación de horario. También se permite para desplazarse a la segunda residencia, siempre que ésta esté situada en el área afectada por la Fase 1, (el Bierzo y Laciana)

Sin embargo, los límites horarios se mantienen para los paseos y el deporte al aire libre.

  • Es decir, no puedes ir a pasear a más de un kilómetro de tu domicilio pero puedes hacer el resto de actividades permitidas en fase 1 en todo el territorio de la desescalada.
  • Los encuentros -aunque no están regulados de forma explícita- pueden ser de grupos de hasta diez personas, siempre que se respete la distancia de seguridad de dos metros o, si no es posible, usar equipos de protección y limpieza de manos. La norma no establece límites temporales ni sobre dónde deben celebrarse estos encuentros ni cuánto pueden durar.

Quienes tengan síntomas, estén en aislamiento o en cuarentena no podrán realizar las actividades permitidas. Las personas de riesgo, como los mayores y aquellos con patologías previas, sí podrán realizarlas, siempre que su enfermedad y su estado estén controlados y no sea un riesgo para su salud.

Todas las actividades permitidas deberán tener en cuenta las normas básicas de higiene: distancia de dos metros, evitar aglomeraciones, desinfecciones, evitar uso de ascensores frente a las escaleras, uso de tarjeta frente al efectivo y limpieza del datáfono tras cada uso…

Terrazas al 50%

Las terrazas de los bares podrán abrir al 50% de su capacidad (no al 30, como se estableció en el plan para la fase 1). Ese porcentaje se calculará teniendo en cuenta la licencia del año anterior. Eso sí, deberán garantizar que se mantiene la distancia de seguridad de dos metros entre mesas o grupos de mesas, que pueden reunir a grupos de hasta diez personas y que también tendrán que guardar la distancia de dos metros entre ellas. Para entrar en esta categoría no pude tratarse de espacios cubiertos y en los laterales debe haber un máximo de dos muros o paramentos.

Se limpiarán y desinfectarán mesas y sillas entre un cliente y el siguiente y se priorizará mantelería de un solo uso.

Se priorizará pago con tarjeta u otros métodos sin contacto frente al efectivo, y se limpiará el datáfono después de cada uso.

En las mesas no podrá haber menús o cartas de papel, solo electrónicos, pizarras o carteles. Tampoco servilletas, aceiteros o palillos u otros productos de autoservicio: se darán en versión monodosis a petición del cliente. Y en los aseos, que se limpiarán seis veces al día, solo podrá haber una persona (excepto si necesita asistencia).


Los bares y restaurantes que abran su terraza deberán contar también con dispensadores de gel autorizados y guardar en un sitio cerrado o lejos de las zonas de paso vajillas y cubertería.

La higiene y las medidas de seguridad también aplicarán, claro, a los trabajadores, que deberán mantener la distancia de seguridad y contar con la protección adecuada. Al más mínimo síntoma, deberán dejar el puesto de trabajo hasta que un médico le evalúe.

Comercios al 30% de aforo ya sin cita previa

Podrán abrir todos los comercios de hasta 400 metros cuadrados de superficie, excepto aquellos que formen parte de parques o centros comerciales sin acceso independiente, podrán abrir sus puertas, en este caso sin cita previa.

También podrán abrir los comercios de más de 400 metros cuadrados siempre que acoten en su interior una superficie igual o menor a la máxima permitida.

Eso sí, en todos los casos tendrán que garantizar que no alcanzan el 30% de aforo (si tienen varias plantas, para cada una de ellas).

Asimismo se permiten las acciones comerciales o de promoción (rebajas), pero deberán estar acompañadas de medidas destinadas a asegurar que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad, el cumplimiento de los límites de aforo, o que comprometan el resto de medidas, incluyendo el cese inmediato de las mencionadas acciones comerciales o de promoción si resultara necesario.

Además, deberán garantizar que se mantiene la distancia de dos metros entre clientes (si no, porque es un local muy pequeño, solo se podrá dejar a un cliente cada vez) y que cuentan con horarios prioritarios para mayores de 65 años.

El tiempo en el interior de los comercios será el “estrictamente necesario” para realizar las compras o ser atendidos.

Todos podrán establecer recogida en el local, pero evitando aglomeraciones.

Algunas actividades tienen peculiaridades: Podrán abrir, sea cual sea su tamaño, pero en estos casos sí con cita previa: los concesionarios de automoción, las estaciones de revisión de ITV y los centros de jardinería y viveros de plantas. También abrirán las administraciones de loterías y juegos de ámbito estatal, excepto las que estén en un centro comercial sin acceso directo a la calle.

Es obligatorio realizar dos tandas de limpieza y desinfección al día, una al final de la jornada, centradas en las zonas de más contacto tanto para trabajadores como para clientes. Para ello, se deberán usar productos comerciales aprobados por el Ministerio de Sanidad o disoluciones de lejía en agua de 1/50. Tras cada limpieza, se deberán desechar los materiales utilizados y los equipos de protección.

También es obligatorio limpiar de forma diaria uniformes y ropa de trabajo, a entre 60 y 90 grados de temperatura. Todos los locales deberán contar con papelera con tapa para desechar los sistemas de protección como mascarillas y no se permitirá el uso de los baños (si es estrictamente necesario, se limpiarán tras el uso). Además, deberán contar con dispensadores de gel hidroalcohólico a la entrada.

En el caso de tiendas de ropa, los probadores deberán ser desinfectados después de cada uso y la ropa que no se compre deberá ser higienizada antes de volver a ser probada por otra persona.

Mercados, máximo del 25% de los puestos habituales


También se permite la apertura de mercadillos si lo consideran los ayuntamientos, que serán los que deberán regular su puesta en marcha, pero con un máximo del 25% de los puestos habituales y a un tercio del aforo (aunque se permite ampliar la superficie para ampliar así el aforo total). En el mercado solo se permitirá la compra de productos de primera necesidad. Y, en todo caso, se deberá mantener la distancia de dos metros. Como en el resto de comercios, esa distancia se marcará mediante señales, balizas o carteles.

Entierros, velatorios y lugares de culto

El cementerio municipal permanecerá abierto, pero en el caso de entierros solo se permitirá el acceso de un máximo de 10 personas y para el resto de visitas sólo se permitirá un máximo de 100 personas en el interior del recinto.

Los velatorios podrán ser de hasta 15 personas al aire libre o 10 en espacios cerrados. La comitiva fúnebre, de hasta 15 personas y, si lo hubiera, el cura o similar.

Además, se permite la apertura de centros de culto a 1/3 del aforo, con mascarilla y con limpieza entre diferentes celebraciones. En ambos casos se deberán seguir las medidas de distanciamiento -dos metros- e higiene.