Castilla y León

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Programación de la Feria de San Andrés 2018 en Ciudad Rodrigo

22 noviembre, 2018 07:19

Los días 30 de noviembre, 1 y 2 de diciembre se celebrará la tradicional Feria de San Andrés de Ciudad Rodrigo en el Recinto Ferial del polígono industrial Los Chabarcones. Además, tendrá lugar la VI Feria de Castilla y León Ganado Bovino con exposición y venta de diferentes razas (limusín, morucha, blonda, berrenda, salers, angus…) y el VI Concurso Exposición de Charolés de Castilla y León.

El plazo de participación finalizará a las 14:00 horas del próximo viernes 23 de noviembre, debiendo dirigir las solicitudes al correo electrónico de la Oficina Municipal de Desarrollo (omd-rosa@aytociudadrodrigo.es). Las bases y normas establecidas para participar en dicha Feria podrán consultarse en la página web del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo (www.aytociudadrodrigo.es; www.ciudadrodrigo.es), en la Oficina Municipal de Desarrollo o en la Conserjería de la Casa Consistorial, pudiendo solicitarse su participación a través del correo electrónico de la Oficina Municipal de Desarrollo (omd-rosa@aytociudadrodrigo.es) o bien mediante llamada en el teléfono 664 31 78 81.

BASES

1º.- NUMERO DE BOXES EN EL INTERIOR DE LA NAVE MUNICIPAL DE FERIAS a repartir entre las siguientes razas de ganado bovino:
26 BOXES
Raza Blonda (pasillo central)
Raza Morucha (pasillo central)
Raza Limusín (pasillo central)
Raza Berrenda (pasillo central)
Raza Salers (pasillo central)
Otras razas (pasillo central)

2º.- NUMERO DE AMARRES EN EL INTERIOR DE LA NAVE MUNICIPAL DE FERIAS a repartir entre las siguientes razas de ganado bovino:
14 AMARRES
Raza Blonda (animales atados)
Raza Limusín (animales atados)

3º.- NUMERO DE BOXES EN LA CARPA EXTERIOR HABILITADA AL EFECTO a repartir entre las dos asociaciones de ganado charolés:
36 BOXES EN CARPA
Raza Charolés: 36 animales charolés atado.

4º.- NUMERO DE CORRALETAS EXTERIORES BAJO CARPA:
9 CORRALES
Raza Charolés: 9 corrales para charolés sin domar.

5º.- EN CUANTO AL GANADO CHAROLES:
Tiene que estar inscrito en el libro genealógico de la raza charolesa.
En principio, se establecen los siguientes LIMITES (a la hora de inscribir el nº de animales):
Máximo por ganadero: 4 animales atados.
Máximo por ganadero: 1 corral para animales sin domar.

En cualquier caso, cada Asociación de Charolés inscrita que concurra a la feria, no superará más de 18 animales atados. (Asociación de criadores de ganado vacuno Charolés de España y Unión de Criadores de ganado vacuno selecto de raza charolesa de España “UCHAE”).

6º.- LEGISLACIÓN VIGENTE E IDENTIFICACIÓN DE LOS ANIMALES

NORMAS GENERALES

Los animales que concurran al certamen, deberán estar correctamente identificados según la legislación vigente y venir de explotaciones registradas en REGA. Todos deberán de estar inscritos en el libro genealógico de su raza.

Todos deberán proceder de una explotación situada en zona indemne de epizootia de declaración obligatoria para las especies receptivas que concurran al certamen.

Todas las partidas de animales se acompañarán de – Guía de origen y Sanidad Pecuaria expedida por la Unidad Veterinaria correspondiente de la respectiva Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Los animales participantes deberán estar desparasitados tanto interna como externamente en los 30 días anteriores al concurso, amparado con una certificación veterinaria (NO ES PRECISO una certificación oficial).

Sólo podrán concurrir al certamen los animales procedentes de explotaciones Oficialmente Indemnes de Tuberculosis, Oficialmente Indemnes de Brucelosis (T3B4), Oficialmente Indemnes de Leucosis Enzoótica Bovina y Libres de Perineumonía Bovina.

Además de lo expuesto, los animales que participen en el certamen deberán cumplir los siguientes requisitos en los 30 días anteriores al certamen:
a. Los animales mayores de 6 semanas habrán resultado negativos a la intradermotuberculinización.
b. Animales mayores de 12 meses negativos a Brucelosis Bovina.

* EN MATERIA DE LENGUA AZUL, las reses procedentes de la Zona Restringida de Lengua Azul deberán cumplir lo dispuesto en la Orden APM/320/2017, de 11 de abril, que modifica la Orden AAA/1424/2015, de 14 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

TRANSPORTE DE ANIMALES

El transporte se realizará de acuerdo con lo establecido por el REGLAMENTO (CE) 1/2005 del CONSEJO de 22 de Diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas.

Deberá acreditarse, mediante los certificados pertinentes, que los vehículos que transporten los animales han sido desinfectados en centros autorizados tanto con anterioridad a la carga como con posterioridad a su descarga en el Recinto Ferial.