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Región

Subvenciones para empresas de nueva creación en Valladolid

29 mayo, 2018 16:35

El objetivo de estas subvenciones es eliminar barreras en el proceso de creación de empresas mediante la concesión de una ayuda a fondo perdido. Están destinadas a personas físicas y jurídicas que hayan iniciado una nueva actividad empresarial o profesional en el municipio de Valladolid, entre el 1 de mayo de 2017 y el 30 de abril de 2018 ambos incluidos.

El presupuesto global para estas subvenciones se ha incrementado más de un 30% con respecto a la convocatoria del año anterior, siendo este el ejercicio con mayor dotación presupuestaria desde que esta línea de subvenciones comenzó a convocarse.

Como novedad principal, este año la cuantía de la subvención es variable y se corresponde con el70% del gasto inicial justificado que debe ser como mínimo de 2.000 € (IVA excluido). La cuantía máxima de la subvención, que ha sido incrementada con respecto a la convocatoria anterior, será de 4.000 euros.

El plazo de presentación de solicitudes depende de la fecha de inicio de la actividad de la empresa:

    • Si la actividad se ha iniciado entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2017 el plazo será de 30 días naturales desde día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOP de Valladolid, es decir del 29 de mayo al 27 de junio de 2018.
    • Si la empresa ha iniciado su actividad entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2018 el plazo estará abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP (28 de mayo de 2018) hasta el 3 de septiembre de 2018 incluido.

Para solicitar estas subvenciones es necesario reunir, entre otros, los siguientes requisitos:

    • Tener ubicado su centro de trabajo en el municipio de Valladolid y acreditar que la actividad se desarrolla en dicho municipio desde el inicio de la misma.
    • Acreditar haber realizado un gasto inicial mínimo de 2.000 € vinculado a la creación de la empresa.
    • Tener menos de 50 trabajadores.

El régimen de concesión de las subvenciones será de concurrencia competitiva, es decir, según la puntuación establecida en los criterios de valoración que se recogen en la convocatoria, y los beneficiarios tendrán, entre otras, la obligación de mantener su actividad durante los dos años siguientes al inicio de actividad empresarial o profesional.

Es importante tener en cuenta que a la solicitud deberán adjuntarse todos los documentos necesarios, y que en caso de no hacerlo el requerimiento se realizará sólo mediante la publicación de una lista de las solicitudes incompletas recibidas, con indicación de la documentación que falte en cada solicitud. Esta lista se publicará en la Sede Electrónica del portal del Ayuntamiento de Valladolid(link is external) y en la web de la Agencia de Innovación y Desarrollo Económico. La publicación de esta lista supondrá el inicio del cómputo del plazo de diez días hábiles para aportar los documentos o subsanar los defectos.

La Resolución se hará en dos procedimientos, ambos en el plazo de 3 meses desde la finalización de cada uno de los plazos de presentación de solicitudes. Estas resoluciones no se notificarán individualmente, sólo serán objeto de publicación en los mismos sitios citados para el requerimiento. Contra la resolución podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ambos a contar desde la publicación de la resolución.

El extracto de la convocatoria está publicado en el BOP de Valladolid de 28 de mayo de 2018