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Rebajada a 400.000 euros la fianza para la hija del caso El Salvador

16 febrero, 2019 13:21

El Juzgado de Instrucción número 6 de Valladolid, encargado de la investigación del supuesto fraude destapado en el Grupo El Salvador sobre el 'cambiazo' de ataúdes antes del proceso de incineración y reutilización de coronas y flores, ha acordado este viernes rebajar de 800.000 a 400.000 euros la fianza exigida a Laura M, hija del propietario de dicha mercantil, para que pueda recuperar la libertad de la que se encuentra privada desde el pasado día 8 de febrero.

La investigada, que no figuraba inicialmente entre los quince detenidos en la primera fase de la 'Operación Ignis' desplegada el pasado día 31 de enero, fue interceptada una semana después por la Policía Nacional en plena calle, antes de que accediese a las oficinas de la Agencia Funeraria Castellana, central del grupo empresarial, en la calle Angustias, al lado de los juzgados de Valladolid.

Desde entonces permanece en prisión provisional, eludible bajo fianza de 800.000 euros, idéntica situación que su hermano Ignacio, mientras que el padre de ambos e impulsor del grupo de empresas Agencia Funeraria Castellana, Tanatorio El Salvador y Cementerio-Jardín el Salvador también sigue entre rejas, pero sin posibilidad de abandonarla por cuanto la juez de caso no le ha impuesto fianza alguna.

Estos dos últimos, cuyos recursos de reforma contra el auto de prisión han sido desestimados, se encuentran ahora a la espera de lo que resuelva la Audiencia de Valladolid respecto de sus recursos de apelación.

En el caso de Laura M, quien en el momento de su detención no llegó a declarar, este viernes ha comparecido en sede judicial, a requerimiento de la juez, donde ha asegurado, en palabras de su letrado, Guillermo Ruiz Blay, que "no tiene relación con la actividad de la funeraria, más alla de ser mera colaboradora de la empresa familiar y, frente a lo que se ha dicho, sin ningún puesto de directora ni cargo directivo en el negocio".

Su letrado, en declaraciones a Europa Press, explica que la investigada es periodista y que cuenta con un trabajo al margen de las empresas de su padre y hermano, por lo que ha anunciado su propósito de recurrir también esa rebaja de la fianza a la mitad de forma directa, en apelación, ante la Audiencia Provincial.

Por otro lado, el defensor de la familia M. no descarta la posibilidad de que el grupo empresarial investigado se vea obligado a presentar un ERE ante la caída de las ventas en las últimas semanas. Pese a ello, Ruiz Blay asegura que la familia propietaria "sigue muy contenta con la confianza mostrada por la gente de Valladolid pues, a pesar de que se ha producido una caída de ventas, se sigue trabajando con cierta normalidad".

Denuncian "trabas"

Por su parte, los letrados de algunos de los clientes del grupo de empresas investigado que pretenden personarse como acusación particular, entre ellos los despachos Bábara Royo y Castellana 266, han denunciado públicamente la sensación de que la instructora está poniendo "trabas" a los perjudicados para poder personarse, al exigir, entre otros requisitos, que acrediten su condición de herederos de los fallecidos, además de no admitir la personación de aquellos que no aparezcan en la lista confeccionada por la policía.

"Es algo no sólo irregular y novedoso en un proceso penal sino también absolutamente contrario a Derecho. Es la primera vez que un juzgado exige tal requisito", critica la letrada Bárbaro Royo, que, en declaraciones a Europa Press, pone como ejemplo el "escándalo mayúsculo que hubiera supuesto que el juzgado que instruye el presunto asesinato de Laura Luelmo hubiese requerido a sus pares y hermanos que acreditasen que son herederos para poder personarse como perjudicados".

La letrada extiende el ejemplo a los de Marta del Castillo o Diana Quer, entre otros, y añade que tan perjudicado pudiera ser cualquier de sus representados como lo pueda ser la Hacienda Pública, "a la que ninguna duda cabe de que no se le van a poner trabas".

Además de la irregularidad de solicitar la acreditación de heredero, los despachos Bárbara Royo y Castellana 266, a través del escrito ya registrado en Instrucción 6, también muestran su disconformidad, por considerarlo contrario a Derecho, que se limite la personación de perjudicados a una lista que ha sido confeccionada por la policía.

"Si esta parte ha presentado personaciones con la documentación necesaria que acredita la condición de posible afectado, el hecho de que finalmente sean o no perjudicados no lo dictamina la policía en una lista, sino el juzgador tras la práctica de la prueba recabada durante la instrucción y ratificada en un juicio", abundan.

De igual forma, ambos despachos ven ilegal que no se permita la personación de afectados posteriores a febrero de 2015, en referencia al periodo de veinte años acotado de forma "arbitraria" entre ese año y 1995, ya que "ni la policía ni el juzgado pueden garantizar a fecha de hoy si las cremaciones posteriores se efectuaron como corresponde".

Al respecto, apuntan que si el negocio familiar hubiera sido clausurado cautelarmente en 2015 sí podría ponerse esa fecha como tope para posibles afectados que hubieran contratado los servicios de incineración a posteriori, algo que, como así precisan, no ocurre en este caso por cuanto la empresa ha seguido operando con absoluta normalidad.

"¡De qué manera se podría garantizar que unos señores que presuntamente llevan 20 años estafando en las cremaciones hubieran parado de hacerlo en febrero de 2015?", se preguntan.