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Región

Condenado a dos años de prisión por defraudar a la Seguridad Social

28 mayo, 2019 18:20

La Audiencia Provincial de Palencia ha condenado a un varón, cuya identidad responde a las iniciales, L.C.C.S, a dos años de prisión y a pagar una multa de 361.275 euros por un delito contra la Seguridad Social.

El condenado, además, no podrá obtener subvenciones o ayudas públicas y ni gozar de los beneficios o incentivos fiscales de la administración durante cuatro años, al tiempo que deberá indemnizar a la Tesorería General de la Seguridad Social con 180.637,97 euros, según informaron a Europa Press fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Según la sentencia, el condenado, para eludir sus obligaciones frente a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), constituyó tres empresas, una detrás de otra, sin realizar una sucesión transparente entre ellas. Así, mediante este entramado de empresas y entre los años 2013 y 2016 logró eludir 180.637,97 euros del pago de cotizaciones de la Seguridad Social.

El condenado constituyó la primera mercantil en 1994, de la que entre los años 2013 a 2016 fue su administrador social. Desde marzo de 2011, la citada empresa generó una deuda con la Seguridad Social por impago de las cotizaciones de sus trabajadores.

En ese mismo año, cuando la empresa aún cuenta con capacidad económica para hacer frente a los pagos de las cotizaciones y una vez que la TGSS le reclama la deuda, el acusado comienza a operar en la misma actividad como autónomo, aunque para ello contase con los mismos trabajadores y medios de trabajo.

Asimismo, en el marco de esa actividad, el acusado realiza un trasvase de clientes desde la primera empresa hacia la segunda, reduciendo la facturación de la mercantil hasta dejarla sin recursos.

Ya en 2015, y después de que en octubre de 2014 la TGSS declarase a Luis Carlos Calvo Sánchez responsable de la deuda contraída con la Seguridad Social, el acusado constituye una mercantil más con la misma actividad que las anteriores y en la que también cuenta con los mismos trabajadores y medios de trabajo, así como con los mismos clientes que son trasvasados a la nueva sociedad.

Con ello, logra reducir la facturación como persona física que operaba como autónomo en el ámbito mercantil y laboral, y logra su descapitalización.

Además, durante este periodo 2013-2016, el acusado no da de baja la primera empresa, a pesar de no declarar actividad económica con ella, lo que le permite evitar la derivación de responsabilidad solidaria a las empresas sucesoras de ésta.

La Audiencia Provincial ha considerado probado el fraude porque el propio acusado "admitió los hechos" en el juicio oral y el empleo de medios encaminados "a hacer posible el impago" tratando de encubrirlo.