audiencia juzgados valladolid 4

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Valladolid

Confirmada la condena por acosar a la cajera de un supermercado

11 diciembre, 2019 15:17

La Audiencia de Valladolid ha ratificado la condena de cinco meses de cárcel impuesta a un varón por un delito de acoso y un delito leve de lesiones sobre a cajera de un supermercado de la capital

La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial desestima así el recurso del condenado y confirma el fallo anterior, de fecha 7 de mayo, dictado por el Juzgado de lo Penal número 1 de la ciudad, que incluye el pago de una multa de 240 euros y la prohibición de aproximarse a la víctima, su domicilio, centro de trabajo o estudios a una distancia inferior a cien metros durante tres años, así como la obligación de indemnizar a la cajera en la cantidad de 2.500 euros, según informaron a Europa Press fuentes del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Los hechos objeto de la presente causa se remontan al mes de diciembre de 2017, periodo en el que el condenado acudía a diario al supermercado en el que trabajaba la víctima, en muchas ocasiones más de una vez al día, llegando incluso a personarse seis y ocho veces para hacer compras de mínimo importe o no comprando nada, y en todas ellas dirigiendo miradas de forma constante hacia la cajera.

También le hacía gestos obscenos, pasándose la lengua por los labios, e indefectiblemente pasaba por la caja en la que estaba trabajando ella, aunque otros cajeros no tuvieran clientes o fueran menos que los que esperaban en la caja de la trabajadora del 'súper'.

Este comportamiento del acosador, que no lo tenía hacia ninguna otra empleada, incomodaba a la mujer, que evitaba cruzar la mirada con el cliente o dirigirse a él en forma alguna.

Esta conducta persistió hasta que el día 7 de marzo de 2018, cuando ella finalizó su jornada laboral a las 15.00 horas, un compañero le avisó antes de salir y le dijo que el condenado estaba montado en un vehículo en el aparcamiento del supermercado.

Ante ello, la cajera y el compañero de trabajo salieron juntos del supermercado y se dirigieron cada uno a su vehículo, momento en el que el merodeador salió con su automóvil del aparcamiento y se detuvo ante un semáforo.

Cuando ella arrancó, él se puso en marcha siguiendo el turismo de la víctima por distintas calles, continuando también detrás de ellos el compañero de la mujer con su vehículo, llegando el cliente a saltarse señales de ceda el paso para no perder de vista el coche que le precedía.

Ante ello, la mujer, atemorizada, llamó por teléfono a su novio y éste hizo lo propio con la policía, facilitando a los agentes la matrícula del vehículo conducido por el acosador. La mujer optó finalmente por detener su coche delante del ambulatorio de La Pilarica, al igual que hizo su perseguidor, si bien éste abandonó el lugar poco después antes de que llegara la policía.

Al día siguiente, el condenado acudió de nuevo al supermercado en el que trabajaba la joven y preguntó al encargado que quién le había denunciado, pasando nuevamente por la caja de ella y cuya salida del centro esperó dentro de su coche en el aparcamiento.

Los días 9 y 10 de marzo el condenado estuvo dando vueltas con su coche por delante del supermercado, mirando hacia la línea de cajas y sacando la cabeza por la ventanilla.

A raíz de este comportamiento, la trabajadora tuvo el temor racional de que éste pudiera causarla algún mal, lo que provocó que a partir de estos hechos acudiera al trabajo todos los días acompañada de su pareja o de familiares y que sus compañeros de trabajo la acompañaran todos los días a la salida a retirar el vehículo.

Todo ello la obligó a modificar sus hábitos de vida y los de su pareja, eludiendo pasar fuera de las horas de trabajo por el barrio en el que éste se encuentra. También solicitó el cambio de centro de trabajo por esta circunstancia, lo que se llevó a cabo a finales del mes de diciembre de 2018.

A consecuencia de la sensación de miedo y angustia, la víctima acudió al centro de salud los días 15 de marzo y 23 de mayo de 2018 con un cuadro de ansiedad reactiva, siéndole prescritos ansiolíticos y tardando en curar diez días de perjuicio exclusivamente básico.